El PRD puso sobre la mesa su iniciativa de reforma energética, la cual incluye 13 propuestas de modificaciones legales.
El
partido del sol azteca difundió sus planteamientos para convertir a
Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE)
en "palanca del desarrollo nacional", detonar la inversión pública
nacional, el desarrollo industrial y la creación de empleos.
Los perredistas insistieron en que su planteamiento no prevé "privatizar" a las paraestatales del sector energético.
"Cabe
destacar que esta propuesta legislativa es integral, viable,
responsable, sustentable y posible en el marco de modernizar y
fortalecer al sector energético nacional", indicó el PRD en un
comunicado.
El PRD detalló que esta reforma fue diseñada por un
colectivo de legisladoras y legisladores, miembros del partido y
especialistas en el tema energético.
La iniciativa contempla cambios a las siguientes leyes:
1. Ley de Petróleos Mexicanos.
2. Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia del Petróleo.
3. Ley Federal de Derechos.
4. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
5. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
6. Ley Federal de Entidades Paraestatales.
7. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.
8. Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
9. Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.
10. Ley General de Deuda Pública.
11. Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
12. Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear.
13. Se crea la Ley del Fondo de Excedentes Petroleros.
A continuación te presentamos la propuesta íntegra del PRD.
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1. Ley de Petróleos Mexicanos
Se
reforma el Capítulo Primero con el propósito de establecer su
naturaleza como empresa pública de carácter productivo, plenamente
integrada, con autonomía presupuestal y de gestión, así como un mandato
claro para potenciar y mejorar la eficiencia operativa de Petróleos
Mexicanos así como su internacionalización.
También se propone
desaparecer el esquema de 4 subsidiarias y crear un esquema de
estructura administrativa verticalmente integrada a través de
direcciones en un solo Pemex. Esto da como consecuencia evitar
duplicidades en funciones operativas y aprovechar las economías de
escala de toda la cadena de valor: extracción primaria y transformación
industrial.
El Estado realizará las actividades que le
corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás
hidrocarburos y la petroquímica básica, por conducto de Petróleos
Mexicanos de acuerdo con la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo y sus reglamentos.
Las
operaciones de Petróleos Mexicanos tendrán como objeto la eficiente
explotación y aprovechamiento de los hidrocarburos nacionales que se
encuentren en el subsuelo, con sustentabilidad y responsabilidad
ambiental; la incorporación y restitución de las reservas de
hidrocarburos que requiera el país para garantizar su seguridad
energética; la producción suficiente de combustibles, así como de
productos e insumos petroquímicos con la mejor calidad, oportunidad y a
los menores costos posibles.
Asimismo, Petróleos Mexicanos deberá
identificar en sus actividades, oportunidades de reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero, así como contribuir al desarrollo y uso
de fuentes de energías alternativas para la transición energética. De
igual forma se impulsará acciones de adaptación y mitigación para
enfrentar los efectos adversos del cambio climático en las actividades
relacionadas con la industria petrolera.
Petróleos Mexicanos
buscará la incorporación del mayor valor agregado a sus productos,
promoverá el sano desarrollo e integración de la industria, la
tecnología y los recursos humanos nacionales.
Se reforman diversos
artículos, relativos al régimen especial de la operación de Petróleos
Mexicanos para precisar sus facultades en materia de deuda y
presupuesto. En este caso, la empresa pública de carácter productivo
seguirá sujeta a la fiscalización de la Auditoría Superior de la
Federación.
En el manejo de su presupuesto Petróleos Mexicanos se sujetará a las reglas siguientes:
La
autonomía presupuestal se ejercerá conforme a lo dispuesto por la Ley
de Petróleos Mexicanos y no por la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria. Esto garantiza que la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público quede fuera del control presupuestal de Petróleos
Mexicanos.
El anteproyecto de ingresos y de presupuesto de egresos
será elaborado por el Director General y aprobado por el Consejo de
Administración, para que sea incluido íntegro, en rubros por separado y
sin que se establezca relación con el balance ingresos-egresos
federales, en la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación que se presentarán al Congreso.
El
superávit de operación de Petróleos Mexicanos al finalizar un ejercicio
fiscal, será aplicado en el siguiente presupuesto como ingreso propio
del organismo y deberá destinarse para atender las prioridades del
organismo con base en su Plan de Negocios.
Petróleos Mexicanos
remitirá informes trimestrales y anuales a la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público sobre sus operaciones, mismos que serán incorporados, en
rubros por separado, a los informes sobre la Situación Económica, las
Finanzas Públicas y la Deuda Pública que el Ejecutivo Federal presenta
al Congreso de la Unión, así como a la Cuenta Pública, respectivamente.
La
autonomía de gestión se entenderá como la facultad para organizar sus
actividades, con fundamento en criterios administrativos, técnicos,
económicos, financieros, estratégicos, ambientales y de seguridad, para
alcanzar los objetivos y metas de su plan de negocios, de la Estrategia
Nacional de Energía y demás programas y proyectos que se definan en
esta Ley.
2. Ley Federal de Derechos
Se modifica el Capítulo
XII en materia de Hidrocarburos para cambiar el Régimen Fiscal de
Petróleos Mexicanos y permitir el mejor funcionamiento de la empresa
pública de carácter productivo. Específicamente se modifica del Derecho
Ordinario Sobre Hidrocarburos y aumento de la deducción de costos para
el petróleo y gas con el propósito de conseguir que Petróleos Mexicanos
cuente con alrededor de 150 mil millones de pesos adicionales para
inversión pública productiva para hacer frente a los proyectos
productivos, presentes y futuros, establecidos en el Plan de Negocios de
Petróleos Mexicanos.
Con el propósito de darle viabilidad
fisco-financiera y presupuestal a esta propuesta se aplica un régimen
transitorio gradual a 5 años.
Además, la reforma a esta ley tiene
como propósito establecer las disposiciones necesarias para la formación
del Fondo para los Excedentes Petroleros.
3. Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica
Se
reforma el Capítulo Segundo del organismo encargado de la prestación
del servicio público de energía eléctrica para establecer la autonomía
presupuestal y de gestión de la Comisión Federal de Electricidad, así
como vincular sus programas a la Estrategia Nacional de Energía para
fortalecer la planeación del sector energético nacional.
Sus
programas deberán ajustarse a lo establecido por el Plan Nacional de
Desarrollo y la Estrategia Nacional de Energía. El programa anual de
operación será la base para la elaboración del proyecto de presupuesto
del organismo.
El anteproyecto de ingresos y de presupuesto de
egresos será elaborado por el Director General y aprobado por la Junta
de Gobierno, remitido en el tiempo y la forma que establezca la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que sea incluido en
rubros por separado, y sin que se establezca relación con el balance
ingresos-egresos federales, en la iniciativa de Ley de Ingresos y el
proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación que se presentan
anualmente al Congreso de la Unión.
La Junta de Gobierno aprobará
las adecuaciones o el aumento a su presupuesto, con base en sus
excedentes de ingresos propios sin que se requiera autorización de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El superávit de operación que
resulte al finalizar un ejercicio fiscal, será aplicado en el siguiente
presupuesto como ingreso propio del organismo.
3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Se reforma para desvincular la intervención de la Secretaría de Hacienda de la gestión presupuestal de Petróleos Mexicanos.
4. Ley General de Deuda Pública
Los
cambios en esta ley son para exceptuar a Petróleos Mexicanos y a la
Comisión Federal de Electricidad de solicitar autorización a la
Secretaría de Hacienda para gestionar y contratar financiamientos
externos.
Para este efecto, ambos organismos requerirán
autorización de la Cámara de Diputados y la SHCP mantendrá la función de
llevar el registro de la deuda pública.
5. Ley Federal de Entidades Paraestatales
Se
establece que Petróleos Mexicanos es una empresa pública de carácter
productivo. Esta última junto con Comisión Federal de Electricidad se
regularán por sus propias leyes o decretos de creación, y que esta Ley
se aplicará sólo en lo que no se oponga o en lo no previsto por
aquéllas.
6. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, Ley
Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear y Ley
de la Comisión Reguladora de Energía
Los organismos reguladores
del sector energético nacional: la Comisión Nacional de Hidrocarburos,
la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y la Comisión
Reguladora de Energía se transforman de organismos desconcentrados a
organismos descentralizados con el propósito de otorgarles mayor
independencia respecto de las dependencias sujetas de regulación, así
como para dotarlos de recursos presupuestales suficientes. El proceso de
designación de los integrantes de sus órganos de gobierno se sujetan al
mandato constitucional (Artículos 76, 78 y 89) de ratificación por el
Senado de la República.
Para el caso de la Comisión Reguladora de
Hidrocarburos se amplían sus facultades para establecer disposiciones
técnicas en materia de seguridad industrial, supervisión y mayor
intercambio de información técnica con Petróleos Mexicanos.
9. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Esta
ley se modifica para que en la ratificación de la Estrategia Nacional
de Energía, que realiza el Congreso de la Unión, se considere la
adecuada coordinación y evaluación de los objetivos y metas del Plan de
Negocios de Pemex, el Programa de Obras e Inversiones del Sector
Eléctrico, el Programa para el Aprovechamiento Sustentable de Energía y
el Programa Especial para el Aprovechamiento de Energías Renovables, así
como un dialogo más fructífero, en esta materia, entre el Poder
Ejecutivo y Legislativo.
Además, se hace una propuesta donde el
legislativo tenga una mayor participación en la Estrategia Nacional de
Energía a través de modificar los procesos de aprobación.
10. Ley del Fondo de Excedentes de los Ingresos Petroleros
Con
el propósito de acumular y capitalizar, de la manera más racional
posible, los ingresos que la nación obtiene de su riqueza natural en
hidrocarburos, una parte de los ingresos que se obtengan de su
extracción se orientarán a crear y el Fondo para los excedentes
Petroleros, cuyos recursos podrán contribuir a garantizar la estabilidad
de los ingresos públicos, y sus rendimientos sólo podrán ser utilizados
para financiar a objetivos de largo plazo.
El Fondo se integrará
por las aportaciones que realice Petróleos Mexicanos cuando en el año el
precio promedio ponderado del barril de petróleo crudo exportado exceda
aquel fijado por el Congreso de la Unión en la ley de Ingresos de la
Federación, hasta por un 33%.
12. Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética
Se
propone establecer metas de incorporación de energías renovables para
la generación de electricidad, expresadas en términos de porcentajes
mínimos de capacidad instalada y de suministro eléctrico.
Incorporar
el concepto de responsabilidad social en los proyectos de generación a
través de fuentes renovables para garantizar el consentimiento libre,
previo e informado a ejidos, comunidades y pueblos indígenas; la
distribución equitativa de los beneficios; respeto a los derechos de
propiedad de los poseedores de la tierra, a las formas de organización
interna de las comunidades y, en general, a las salvaguardas reconocidas
en el derecho internacional.
13. Corrupción y transparencia
Como
condición previa a la discusión de la Reforma Energética es necesario
erradicar la corrupción de arriba a abajo o viceversa. Esto implica,
transparentar la relación de la Administración de Petróleos Mexicanos
con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.
De
igual forma, es menester combatir la corrupción de altos funcionarios
que aprovechando su jerarquía han abusado de su condición para obtener
sobornos multimillonarios en detrimento del patrimonio nacional de
Petróleos Mexicanos.