miércoles, 14 de mayo de 2014

FORO: SINERGIA PARA LA TRANSFORMACION DEL CAMPO




CONSEJO NACIONAL DE ORGANISMOS RURALES Y PESQUEROS (CONORP)

TEMA: Reestructurar y simplificar las leyes y reglamentos para desburocratizar y ordenar funcionalmente al sector


Antes de hablar de analizar el marco legal del sector agropecuario y pesquero, es preciso partir de una condición lamentable en el país: la ley no se cumple. Se puede hablar de muchos caso, sin embargo, es preciso hacer mención de que a poco más de 10 años de haber sido aprobada la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, ésta no se ha aplicado a cabalidad, ni se han creado todos los sistemas que están mencionados para propiciar el desarrollo productivo integral y sustentable del campo mexicano, mucho menos se ha cumplido el sentido equidad y de atención diferenciada de los productores por su tamaño y cultura que el espíritu de esa Ley expresa.

Debemos reconocer que un gran problema es la corrupción en la designación, ejecución y evaluación de las políticas públicas y los programas que se crean y aplican al margen de los principios y objetivos que señala el marco legal del país. Estas prácticas cotidianas generan un mal uso en el gasto público, propician una política de exclusión, una cultura de mendicidad y criminalización de los ciudadanos que perpetúan las condiciones de pobreza y atraso social, cultural y económico del sector.

Debemos reconocer que una parte de la legislación secundaria ha sido elaborada y aplicada en sentido contrario al espíritu integral de la Constitución, del País y los mexicanos, y ha favorecido la creación de un Estado Nacional débil, que nos ha conducido ha perder soberanía alimentaria, tecnológica, económica y política, al abrir de manera ilimitada las puertas de la México a la inversión extranjera, al entregar en concesión grandes extensiones del territorio nacional a empresas extranjeras, que sin marco regulatorio real saquean y depredan los recursos naturales y minerales, que explotan, discriminan y oprimen a la población y sus trabajadores, y minimizan y corrompen con su poder factico y financiero las instituciones de la Nación.

Debemos reconocer que los programas públicos, reglas de operación y lineamientos de éstos, han sido elaborados con criterios y objetivos facciosos, discriminatorios, excluyentes, ya que no están orientados para atender las necesidades del desarrollo general de la población, han sido elaborados para impedir el acceso a pequeños y medianos productores del país a los subsidio, financiamientos y programas públicos para el desarrollo económico, social y cultural.  Por el contrario, y en violación al marco jurídico nacional, se ha privilegiado el fortalecimiento de los grupos económicos que no lo necesitan, dado sus altos ingresos económicos determinados por la laxitud de la propia legislación económica, mercantil, financiera y hacendaria, que ha dejado en sus manos el direccionamiento de los mercados, en detrimento del crecimiento económico del País y del bienestar de más del  80% de la población nacional, que en los últimos 30 años ha visto disminuir su capacidad adquisitiva en un 70%.

Por eso, todo aquello que tenga que ver con la redefinición del marco normativo del sector rural, deberá ser expresado con extricto apego a la soberanía de México y al ejercicio cabal de la justicia, la equidad  y al respeto irrestricto de los derechos fundamentales de los ciudadanos, por parte de los legisladores, y deberá ser implementado con transparecia y eficiencia por parte de los diferentes órdenes de gobierno, al igual que tendrá que ser acompañado de manera clara, responsable y solidaria por parte de las organizaciones campesinas.

En ese tenor proponemos la construcción de un nuevo marco jurídico para el campo  diseñado con base en la integridad nacional, un modelo de desarrollo rural humano, justo, incluyente, equitativo, sustentable. Un modelo de desarrollo independiente y soberano; que fortalezca las capacidades productivas y el desarrollo rural con bienestar de la población, con protección sustentable de los recursos naturales y el medio ambiente.

Adicionalmente, es urgente establecer una Fiscalía Especial, autónoma del Poder Ejecutivo, con capacidad jurídica para castigar desvíos y actos de corrupción que se dan a la hora de ejecutar los programas. De esta forma, se avanzaría en transparencia y limitaría la corrupción de funcionarios, gestores y beneficiarios.

De la misma manera urge crear una Procuraduría Federal de Protección al Productor Rural al Consumidor, frente a los abusos de empresas productoras y comercializadoras de insumos para la producción, empresas financieras, coyotes y comerciantes abusivos, que sangran la economía campesina cada ciclo agrícola apropiándose del trabajo y la utilidad de los trabajadores del campo.

Con respecto al conjunto de leyes que hoy tenemos, Esta demostrado, que el tener tantas leyes vinculadas al sector, hacen que se vuelvan inoperantes y que se contrapongan en los diferentes órdenes de gobierno ya que cada instancia maneja sólo una pequeña parte de la problemática rural y productiva del campo.

Según los datos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), hay 18 leyes directas para el campo, 27 leyes transversales al sector y 15 reglamentos que le norman. Esto nos da 60 normas que tienen que ver con la parte productiva (savo la Ley de Salud que contempla SAGARPA), sin embargo, habría que agregar todas aquellas relacionadas con el desarrollo de los pueblos indígenas y de la población rural, en general.

Por si no bastara con la enorme cantidad de leyes que atañen al sector, hay que agregarle sus tecnicismos que hacen, prácticamente, incomprendible la ley para las personas comunes del campo. Estos tecnicismo se vuelven contrarios pues logran marginar al beneficiaro de la ley pues no logra entenderla y por ello, no ejerce sus derechos.

En este sentido, las modificaciones a leyes y reglamentos deben contemplar la parte productiva, el cual debe priorizar la parte  agroalimentaria sustentable pero no circunscribirse sólo a ella; el desarrollo social; la conservación y recuperación de los ecosistemas y el territorio; los derechos indígenas y la gobernanza.

Esto nos lleva a coincidir que, prácticamente, ninguna persona puede tener un margen completo de la normatividad que implica el desarrollo rural en su más ámplio sentido. Por ello, se debe aglutinar toda la normatividad en menos leyes que permitan hacerlas accesibles y aplicables.

Una opción viable, es generar leyes integrales que atienda al sector en cada una de sus vertientes y que permitan una operación eficaz en cada uno de los órdenes de gobierno.


Eje
Propuesta
Soberanía Alimentaria
Ley del Derecho a la Alimentación
Ley de Reserva Estratégica de Alimentos
Ley de Planeación para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional
Renegociación del TLCAN en su apartado agropecuario
Reforma y adiciones a la Ley de Comercio Exterior
Justicia y Equidad
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Ley de Economía Social y Solidaria
Ley General de Sociedades Cooperativas
Desarrollo de la Banca Social
Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Derechos de la Madre Tierra
Reglamentación de la Ley Agraria
Artículo 27 constitucional
Ley de Aguas Nacionales
Ley de Cambio Climático
Ley Federal de Variedades Vegetales
Ley de Minería
Ley de Pesca
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
Ley General de Vida Silvestre
Libertades Democráticas
Iniciativa de Ley que considera a las Organizaciones Campesinas como entidades de interés público
Derechos Humanos
Ley de Seguridad Nacional
Que todas las políticas públicas, leyes y reglamentaciones que emerjan del Gobierno Federal, conlleven la promoción, difusión y respeto de los Derechos Humanos

Asimismo,  presentamos algunas propuestas más precisas en algunos temas como:

Programa Especial Concurrente

Una de las primeras leyes que hay que cambiar es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, porque debido a ella, el Programa Escpecial Concurrente para el Campo no puede ser multianual y eso impide una verdadera planeación del desarrollo rural al no contar con los presupuestos garantizados para ejercer una actividad productiva de mediano y largo plazo.


Consolidar el Derecho a la Alimentación

Esto es mediante la creación de la Ley de Alimentación que cual deberá regular lo dispuesto por el párrafo tercero del Artículo 4° de la Contitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, agregar al segundo párrafo de la fracción XX del Artículo 27 Constitucional, para ampliar el concepto de desarrollo rural integral y alcanzar la Soberanía Alimentaria.

Actualmente dice: “El desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior, también tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.”

La iniciativa propone agregar:

“originado prioritariamente en la producción nacional; creándose adicionalmente para este efecto, un Sistema Nacional de Reservas Alimentarías Estratégicas“.

En agua

Revisar la Ley de Aguas Nacionales ha fin de examinar las concesiones de aguas que se han dado por la Comisión Nacional del Agua, ya que muchas de estas concesiones que se han otorgamiento de forma discrecional, incluso, algunas han sido violatorias de decretos de veto, lo cual ha devenido en una disminución de los mantos acuíferos en gran parte del país, como consecuencia de la explotación irracional por parte de grandes empresas, industrias y explotaciones agropecuarias.
           
            Fortalecer el control del estado mexicano a través de sus instituciones de todos los recursos hídricos del País, y mantener en exclusiva su administración, aprovechamiento y el poder de otorgar y retirar concesiones de aprovechamiento de agua conforme las necesidades y prioridades de la Nación, así como la planeación y control de todos los centros de almacenamiento, recarga, escurrimientos y canales de conducción del agua en el territorio nacional.        

Asimismo, es necesario que haya concesiones para que las comunidades puedan explotar el agua de manera racional para aprovechar los recursos productivos de los que disponen y para el consumo humano.

Regular con estricto apego a derecho la entrega de concesiones de aprovechamiento y uso de agua, para evitar la monopolización y control en pocas manos de este vital líquido, así como la privatización de los servicios de administración abasto en comunidades urbanas y rurales.

Financiamiento

El crédito es un derecho humano y un insumo estratégico para la producción y el crecimiento económico, por eso es preciso que se canalice de manera oportuna, suficiente y a precio justo, bajo una visión de complementariedad del esfuerzo del productor. Debe contemplarse al sector social de la producción. Ley Agraria establece, que la garantía consiste en el usufructo de las tierras ejidales. Bajo estos criterios se ha presionado a los núcleos agrarios para que gestionen el dominio pleno de sus parcelas, es decir, la conversión a la propiedad privada, cambiando el sentido originario de la razón del crédito, por la del chantaje para privatizar la tierra social.

Por lo tanto, es menester estatuir el derecho de los pequeños y medianos productores rurales al financiamiento, para lo cual se requiere flexibilizar los requisitos y que los diferentes niveles de gobierno  puedan fungir como avales en lo referente a las garantías líquidas e hipotecarias.

Lo anterior, implica modificar los ordenamientos actuales de financiamiento rural, desde la Ley del FIRA (Fideicomisos Instituidos en Relación a la Agricultura), hasta la ley que regula a la Financiera Nacional (antes Financiera Rural), pasando por la Ley de Ahorro y Crédito Popular, con disposiciones de operación directa hacia las áreas rurales.

Sustentabilidad ambiental

Las actuales políticas  sobre minería se han convertido en acciones de ecocidio y pauperización de la calidad de vida de las comunidades rurales, al permitir la explotación a cielo abierto y el saqueo de los recursos de la Nación. Por ello, se debe modificar la Ley Minera y revisar todas las concesiones otorgadas a las empresas mineras pues existen indicios de corrupción en la asignación de las mismas.

La modificación a la Ley Minera, debe contemplar el derecho primario de las comunidades ejidales y comunales, así como de los propietarios privados al aprovechamiento racional de los recursos del subsuelo de las tierras en dotación y propiedad. En correspondencia a lo anterior el Estado mexicano debe crear políticas de financiamiento y crédito a las comunidades, para que sean éstas las que exploten los minerales de la zona.

Por otro lado, la energía, es un insumo estratégico para el desarrollo, tiene en el ámbito rural una repercusión de relevancia en los costos de producción, particularmente en las áreas de riego y de mayores grados de mecanización.

Teniendo en cuenta a la Ley de energía para el campo y las modificaciones requeridas a la misma, es necesario impulsar el diseño de una Ley de energías alternativas, donde las energías renovables sean las que de manera prioritaria generen los insumos energéticos indispensables para el desarrollo nacional, el uso del viento, las olas, el sol e incluso los elementos orgánicos, es decir, la biomasa,  son ya una realidad, los desarrollos tecnológicos adecuados a la convivencia amistosa con el medio ambiente, implican considerar las disposiciones vigentes y posibles modificaciones a la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, sin dejar de lado la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Insumos para la producción

Las semillas constituyen dentro de la cadena alimentaria, un eslabón de carácter estratégico para garantizar la alimentación de nuestros pueblos, el control de las mismas implica el control de la agricultura.

Las semillas están estrechamente vinculadas a los sistemas ecológicos, su modificación mediante genes provenientes del reino animal, por ejemplo, y los agroquímicos que en los cultivos de transgénicos se utilizan, particularmente los herbicidas, provocan severos daños al equilibrio ecológico y atentan contra la biodiversidad, particularmente de variedades originarias,  que en México representa una de sus grandes riquezas naturales y son fundamento de la vida humana, vegetal y animal. En esta materia, los mexicanos no podemos aceptar el dominio del interés privado de empresas monopólicas sobre el interés y derechos de vida de la humanidad.

Las disposiciones normativas asociadas a la sustentabilidad ambiental, con especial referencia a las semillas, que requieren de modificaciones para proteger el medio ambiente y las especies y razas donde el país es centro de origen, son: la Ley General de Vida Silvestre, la Ley Federal de Variedades Vegetales, la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, la Ley de Productos Orgánicos y la Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, mismas que deberán precisar con objetividad el interés de la Nación en el dominio y control soberano de las variedades alimenticias y tecnologías sustentables que garanticen futuro con certidumbre de vida en armonía con la naturaleza a las futuras generaciones.

Recientemente las transnacionales semilleras, de manera destacada la empresa Monsanto, han insistido mediante cabildeos agresivos en la reforma a la Ley Federal de Variedades Vegetales, a fin de lograr mayor grado de control sobre las semillas genéticamente modificadas que han estado introduciendo, en relación a restricciones para uso de excedentes para nuevas cosechas, a producción para comercialización; así como a la imposición de sanciones estratosféricas a los infractores, con el aval del Estado Mexicano. El caso de Argentina es emblemático, muchos productores han perdido sus propiedades debido a los juicios enderezados contra ellos por Monsanto, por lo tanto se requiere de asumir cambios legislativos que impidan el uso de Organismos Genéticamente Modificados en nuestra agricultura en nuestro país.

El poder económico de estos monopolios extranjeros no puede estar por encima del poder del estado mexicano y del interés de Nación, y mucho menos puede servir para poner de rodillas a los 3 poderes de la Unión para imponer sus políticas depredadoras de la vida.

Comercialización

El almacenamiento es un factor crucial para la defensa de los precios de los productos agrícolas, es necesario impulsar una ley en la materia estableciendo las medidas y mecanismos necesarios para que los productores organizados sean quienes controlen los sistemas de almacenamiento, proveyendo los apoyos públicos requeridos para que los productores de menores ingresos sean beneficiarios de la red, como usuarios y como accionistas o factores de control de los almacenes rurales.

Esta Ley de Almacenamiento Rural debe garantizar la soberanía y abasto pleno de alimentos a todos los mexicano y debe propiciar el surgimiento en el País de una extensa red de agroindustrias procesadoras de todo tipo de alimentos, que generen empleo local, valor agregado e ingreso real a productores.

Ley Agraria

Debido a la existencia de miles de comunidades rurales que sustentan su cosmovisión y su organización social y económica en el aprovechamiento y cuidado colectivo de la tierra y sus recursos naturales y minerales, es fundamental que se reconozca, a nivel constitucional, su derecho a la propiedad social.

Igualmente, el Estado debe garantizar la autonomía de las asambleas ejidales y comunales por parte de la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional y la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para terminar con la práctica facciosa de facilitar el despojo campesino, como ha venido ocurriendo durante los últimos años.

Es impostergable que los Tribunales Agrarios sean incorporados al Poder Judicial de la Federación y que se cree un Código de Procedimientos Agrarios, ya que no es posible que la Secretaría de la Reforma Agraria sea juez y parte en los conflictos de la tenencia de la tierra. También es importante que tanto la Ley Agraria como la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, deben contemplar disposiciones en materia ecológica, de tal manera que los Tribunales tengan facultades para conocer de daños ocasionados al medio ambiente en el ámbito rural y de sancionar a los culpables de manera severa, en las formas convenientes, para restaurar en lo posible las condiciones ambientales afectadas.

TLCAN

El capítulo agropecuario del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN), ha dañado severamente la economía rural del país, particularmente debido a las grandes y crecientes asimetrías entre México y sus socios, lo que ha dejado en enorme desventaja a los productores mexicanos, con algunas excepciones en frutas y hortalizas, propiciando procesos de concentración de la producción con tecnologías avanzadas en los sectores exportadores, así como efectos regresivos en la distribución del ingreso rural, ampliando los segmentos de pobreza en el ámbito rural.

Desde el Congreso de la Unión habrá de realizarse esfuerzos, para renegociar los aspectos que han provocado los fenómenos anteriores y que han disminuido los márgenes de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional del país y para fortalecer las capacidades productivas de agricultores, pescadores y ganaderos mexicanos.

Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

La Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, es la norma que establece los criterios para el diseño de las reglas de operación de los programas sujetos a ellas. Es justamente esta ley, la que requiere de modificaciones, a fin de que la ejecución de los programas de apoyo al desarrollo rural, cumplan sus metas y objetivos  beneficiando efectivamente y de manera preferente a los productores de menores ingresos, particularmente los ubicados en las zonas de alta y muy alta marginalidad dedicados a cultivos de productores básicos y estratégicos.

Reestructuración de SAGARPA

Para hacer más eficiente la ejecución de la política agropecuaria y pesquera, es preciso que SAGARPA se reestructure. Esta modificación va desde el organigrama hasta desprenderse de entidades que dependen de ella presupuestariamente. Asimismo, se debe abrir a la participación de las organizaciones campesinas y de la sociedad civil, a fin de que la política del sector sea impulsada de la forma más amplia.

La SAGARPA debe convertirse en una dependencia que fomente y garantice la soberanía alimentaria de México,  el crecimiento económico y productivo del campo, pero también debe observar con precisión políticas ambientales y sociales con integridad de largo plazo en beneficio de la población y del País.

La SAGARPA debe convertirse en un amigo del campesino, en un maestro del productor, en  propulsor permanente del desarrollo nacional, en fuerte soporte de la soberanía alimentaria de México. 

Muchas gracias.


Ponente: JOSE SOCORRO JACOBO FEMAT
CENTRAL DE ORGANIZACIONES CAMPESINAS Y POPULARES (COCYP)
MIEMBRO DE:
CONSEJO NACIONAL DE ORGANISMOS RURALES Y PESQUEROS (CONORP)

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